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Preguntas frecuentes
¿Qué deudas reclamamos?
Facturas impagadas, préstamos entre particulares y cantidades que te deban por un contrato, por la vía amistosa o judicial. Si eres particular o autónomo y no puedes pagar, te orientamos sobre la segunda oportunidad.
¿Hay que intentar un acuerdo antes de demandar?
Con carácter general, sí: desde el 3 de abril de 2025, la demanda civil solo se admite si antes se ha intentado un acuerdo por alguna de las vías que prevé la ley y se puede acreditar. Hay excepciones según la materia y el tipo de procedimiento.
¿Necesito abogado para reclamar una deuda?
Depende. La petición inicial de monitorio (deudas de dinero vencidas y documentadas) no necesita ni abogado ni procurador, sea cual sea el importe, aunque antes también hay que intentar alcanzar un acuerdo. Si el deudor se opone, se pasa a juicio y, por encima de 2.000 euros, sí son necesarios.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?
Depende de la deuda. El plazo general es de 5 años desde que se pudo exigir el pago, aunque algunas deudas tienen plazos más cortos. Reclamar al deudor interrumpe el plazo: lo idea es un medio que deje constancia.

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